AIEM

Especialidades aduaneras

La entrada en vigor del reglamento (CEE)n. 1911/91 y de la Decisión 91/314CEE, por la que se establece el Programa de Opciones Específicas al Alejamiento y a la Insularidad de Canarias (POSEICAN), representan la plena aplicación en las Islas de todas las políticas comunes y la integración en el territorio aduanero común, con singularidades específicas derivadas de la lejanía e insularidad de las islas Canarias.

La posición de Canarias en materia aduanera se concreta en las siguientes características:

  • El Archipiélago forma parte del territorio aduanero común desde el 1 de julio de 1991, aplicándose desde entonces y gradualmente hasta el año 2001, el Arancel Aduanero Común (AAC) a las importaciones de terceros países.

El Régimen Específico de Abastecimiento (REA) permite seguir importando ciertos productos esenciales para la producción y el consumo canarios a precios similares a los internacionales a través de la aplicación de una serie de medidas económicas y fiscales ventajosas:

  • A partir del 31 de diciembre de 2001 se establece en el Archipiélago Canario el Arbitrio a la Importación, AIEM, que sustituye a las antiguos Arbitrios sobre la Producción e Importación (APIC) y a la Tarifa Especial al Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías.

Por último, la aprobación de una Zona Franca en Canarias, Zona Franca de Gran Canaria, y la posibilidad de la práctica del perfeccionamiento activo determinan conjuntamente interesantes ventajas económicas para el desarrollo de actividades empresariales implantadas en su área de influencia.

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