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Miembros: - Presidente: el Consejero de Empleo, Industria y Comercio.
- Vicepresidente: el Director General de Comercio.
- Vocales:
- 5 representantes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con rango como mínimo, de Director General, de ellos 3 de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio y 2 de las Consejerías competentes en materia de economía y turismo, a propuesta de los consejeros respectivos.
- 2 representantes de la asociación de municipios más representativa.
- 1 representante por cada uno de los Cabildos insulares.
- 4 representantes del Consejo General de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Canarias.
- 9 representantes de las organizaciones empresariales más representativas, conforme a:
- 4 en representación de los empresarios de la provincia de Las Palmas, de ellos 1 por cada una de las islas que la integran y 1 por los pequeños y medianos empresarios.
- 5 en representación de los empresarios de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, de ellos uno por cada una de las islas que la integran y 1 por los pequeños y medianos empresarios.
- 2 representantes, uno por cada provincia, de la organización empresarial con mayor implantación en el sector de empresas del comercio radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- 2 representantes, uno por cada provincia, de la organización empresarial con mayor implantación en el sector de los supermercados radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- 2 representantes, uno por cada provincia, de la organización comercial con mayor implantación en el sector de gran distribución comercial radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- 2 representantes de las organizaciones sindicales más representativas.
- 2 representantes, uno por cada provincia, de las organizaciones de consumidores y usuarios más representativas en los respectivos ámbitos territoriales.
- 2 representantes vinculados al área de comercio, de las Universidades de Canarias, uno por la Universidad de La Laguna y otro por Las Palmas de Gran Canaria.
- 4 expertos de reconocido prestigio y experiencia profesional en el ámbito del comercio.
- Secretario: un funcionario de la Dirección General de Comercio, designado por el Presidente, quien actuará con voz, pero sin voto.
Nombramientos: - Orden de 11 de agosto de 2008, por la que se designan las Organizaciones que habrán de integrarse en el Observatorio del Comercio de Canarias, en representación de empresarios, trabajadores y consumidores y usuarios. (BOC nº 169,25.08.08).
- Orden de 13 de noviembre de 2008, por la que se nombran los miembros del Observatorio del Comercio de Canarias. (BOC nº 235, 24.11.08).
- Corrección de errores de la Orden de 13 de noviembre de 2008, por la que se nombran los miembros del Observatorio de Comercio de Canarias. (BOC nº 250, 16.12.08).
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