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Page 1 of 3 ZEC: Zona Especial Canaria La Zona Especial Canaria es una zona de baja tributación que se crea en el marco del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias con la finalidad de promover el desarrollo económico y social del Archipiélago y diversificar su estructura productiva. La Zona Especial Canaria fue autorizada por la Comisión Europea en enero de 2000 y por el Real Decreto-Ley 2/2000, de 23 de junio. Fue prorrogada en diciembre de 2006, en virtud del Real Decreto 12/2006, de 29 de diciembre. Posteriormente se ha procedido, por parte del Gobierno Español, a la adaptación de la normativa Régimen Económico y Fiscal de Canarias en lo relativo a la ZEC, según los términos de dicha autorización. (Título V de la Ley 19/1994, modificada por el Real Decreto-Ley 12/2006 y desarrollada por el Real Decreto-Ley 1758/2007). El período de vigencia de la ZEC finaliza el 31 de diciembre del año 2019, siendo prorrogable previa autorización de la Comisión Europea. La inscripción de empresas en el Registro Oficial de Entidades de la ZEC (ROEZEC) podrá realizarse hasta el 31 de diciembre del año 2013. ¿Quiénes pueden instalarse en la ZEC? Todas aquellas empresas que pretendan desarrollar, a través de una entidad de la ZEC, una actividad comercial, industrial o de servicios en el territorio de las Islas Canarias. No se incluyen las actividades financieras. Actividades que pueden desarrollarse en la ZEC
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Canary Islands Special Zone
Fecha: Tuesday, 07 September 2010