Celebración del contrato por vía electrónica
Existen varios tipos de acuerdos normalizados para el comercio electrónico dependiendo del tipo de servicio que se pretenda adquirir. Pero en estos acuerdos o contratos siempre han de tener en cuenta los siguientes puntos:
Obligaciones previas al inicio del procedimiento de contratación.
Los oferentes que realicen transacciones comerciales con los consumidores a través de medios electrónicos de comunicación a distancia, deberán informar claramente sobre los pasos a seguir para la adquisición del bien o la contratación de servicio ofrecido.
Los oferentes que realicen transacciones comerciales con los consumidores a través de medios electrónicos de comunicación a distancia, deberán informar claramente sobre los pasos a seguir para la adquisición del bien o la contratación de servicio ofrecido.
Precio de compra completo, con referencia a los impuestos aplicables incluidos, así como la moneda, la modalidad de pago, el franqueo y los portes.
Plazo de validez de la oferta, si se tratase de una oferta promocional.
Términos, condiciones y formas de pago, incluyendo en su caso opciones de crédito.
Las diferentes modalidades de entrega o ejecución que puedan existir de los productos o servicios contratados
Características de los bienes o servicios y, en su caso, condiciones necesarias para su utilización.
Existencia o inexistencia de costes adicionales.
Condiciones para el ejercicio de los derechos de desistimiento y devolución, cancelación o cambios del correspondiente producto o servicio.
Garantías aplicables a la adquisición del producto o servicio.
Lugar y forma de presentación de posibles reclamaciones.
Domicilio del oferente a efectos legales.
Obligaciones de información posteriores a la celebración del contrato.
Inmediatamente después de la aceptación por el consumidor de la adquisición del bien o la contratación del servicio, el oferente deberá enviarle un acuse de recibo, o facilitarle la descarga o impresión de un documento justificativo de la adquisición o contratación realizada, que contenga los datos relativos al contrato efectuado.
Una vez celebrado el contrato, el consumidor tendrá derecho a solicitar información sobre el estado en que se encuentra la entrega del bien o la prestación del servicio contratado, en la medida en que la naturaleza del bien o servicio contratado lo permita. Para ello, el oferente deberá informarle a través de la pantalla, del correo electrónico, del teléfono, u otro/s medio/s equivalente/s.
Plazos de entrega.
Si el oferente se encuentra en la imposibilidad de enviar o prestar los productos o servicios contratados dentro del plazo indicado en el contrato, deberá notificar esta circunstancia al consumidor, informándole del nuevo plazo en el que aquél/los estarán disponibles.
En este caso el consumidor tendrá la posibilidad de rescindir el contrato y pedir que se le reembolse el importe del producto o servicio si lo hubiese pagado.
Desistimiento y devolución.
El consumidor dispondrá de un período de reflexión, cuya duración será como mínimo la establecida en la normativa aplicable, durante el que podrá devolver el producto o servicio contratado sin penalización alguna.
El oferente deberá establecer los mecanismos necesarios para facilitar al consumidor con el que han contratado el ejercicio de su derecho de desistimiento y la correspondiente devolución del producto o servicio.